Cámara de Medicamentos de Venta Directa aboga por seguir informando sobre medicamentos de venta libre
Actualmente se encuentra en la comisión mixta del Congreso el proyecto de ley conocido como Ley de Fármacos II. Con varios artículos aprobados y otros por votarse aún, la Cámara de Medicamentos de Venta Directa, CAMEVED, estima que antes de fin de año podría estar ya terminado el proyecto de ley en su totalidad, tomando en cuenta que la comisión mixta ha estado sesionando en forma intermitente.
La CAMEVED agrupa a 6 de las principales empresas que comercializan medicamentos que se venden sin receta médica o también conocidos como OTC
(Over The Counter) Sobre el proyecto de Ley de Fármacos II, CAMEVED ha expresado su preocupación por el efecto perjudicial que tendría sobre la publicidad de medicamentos que se venden sin receta médica, ya que prohíbe todo tipo de publicidad e información sin distinguir entre éstos y los medicamentos que requieren de receta para ser adquiridos. Específicamente, el artículo 100 del proyecto señala: “Sin perjuicio de los folletos de información al paciente y al profesional, se prohíbe toda publicidad y demás actividades que induzcan el consumo de productos farmacéuticos o incentivar su venta, tales como afiches, promotores u otras similares”.
Proyecto de ley conocido como Fármacos II, en discusión legislativa, incluye artículo que prohíbe la publicidad de todo tipo de medicamentos. Actualmente, aquellos de venta sin receta pueden publicitarse previa autorización del ISP
Desde CAMEVED precisan que “el artículo hace mención a la prohibición de la publicidad para los medicamentos en general, sin distinguir, como es hasta ahora, que los OTC (medicamentos que son de venta libre y NO requieren prescripción o receta médica para ser comprados), a diferencia de los medicamentos Rx (medicamentos que requieren ser prescritos por un médico con receta médica), sí podían tener publicidad previamente autorizada por la autoridad regulatoria, el Instituto de Salud Pública”.
Esta redacción provoca inquietud dado que “los consumidores no podrían informarse previamente de las características e indicaciones (para qué se usa) de un medicamente OTC, que hoy se utilizan, por ejemplo, para tratar enfermedades comunes y conocidas como resfríos, dolor de estómago, dolor de cabeza simple, etc., más allá del folleto paciente que, como sabemos, viene al interior del producto y se puede leer solo una vez que ya se hizo la compra”.
Esto es más relevante aun, afirman, ya que en la mismo proyecto de ley se aprobó el artículo 129 B, que hace obligatorio a las farmacias que tienen góndola, exhibir los medicamentos OTC en ellas.
“Nos preocupa muchísimo la situación de Chile en este aspecto, ya que la Organización Mundial de la Salud y todos los países de la región sí tienen la publicidad en todas sus formas (TV, Radio, RRSS, Revistas) aprobada y, en ese sentido, Chile iría en el camino contrario, restringiendo el acceso a la información, rol que se cumple hoy a través de la publicidad. Este efecto ha generado un beneficio en reducción de gastos y eficiencia en materia de salud pública, desde su ejecución, y el poder seguir contando con esa educación seguiría contribuyendo de la misma manera en la sociedad”, advierten desde CAMEVED. El gremio agrega que esto significaría un enorme retroceso en materia de libertades, donde la información es un derecho del consumidor ante cualquier producto o servicio, y gatillaría un alto riesgo de un uso desinformado de los medicamentos OTC que estarán en góndolas de farmacias.
“Como CAMEVED, sugerimos diferenciar lo que es publicidad que induzca al consumo de lo que es información y educación al consumidor”.
“Se podría producir un desincentivo en la industria farmacéutica del ingreso de nuevos productos y nuevos actores, debido a que no podrían comunicar sus innovaciones a la población, lo que generaría una desventaja entre los productos ya existentes y conocidos versus los que estarían potencialmente llegando con mejores y más avanzadas tecnologías”, añaden.
La medida de prohibición además tendrá un efecto significativo en los medios en los cuales hoy está presente la publicidad de dichos medicamentos, siempre previa aprobación del Instituto de Salud Pública, generando un posible impacto en la industria publicitaria. “Como CAMEVED, sugerimos diferenciar lo que es publicidad que induzca al consumo de lo que es información y educación al consumidor. En esta línea, nos hemos reunido con diversas autoridades del ámbito sanitario y económico, tanto del Ejecutivo como del Legislativo, donde les hemos dado a conocer los riesgos de la aprobación de este artículo sin hacer la mencionada diferenciación. Es por ello que CAMEVED propone incluir en la reglamentación la diferencia entre publicidad e información, para que se nos permita seguir cumpliendo el rol de informar y educar”.
Ante la exposición de esta situación que afectaría a la ciudadanía y a la industria, todas las autoridades contactadas han manifestado su preocupación por los posibles efectos y retrocesos que implicaría para los consumidores esta normativa, y han coincidido con la propuesta de CAMEVED en el sentido de que por la vía de la reglamentación podría corregirse y no afectar el acceso a la información por parte de la población, rol que hoy se cumple a través de la publicidad.